martes, 9 de diciembre de 2014

RD 625/2014 PARTES DE BAJA ILT

  • Bajas de duración inferior a 5 días: extiende alta y baja simultanea.
  • Bajas de 5 a 30 días: 1º parte confirmación a los  7 días naturales y los siguientes a los 14 días naturales.
  • Bajas de 31 a 60 días: 1º parte confirmación será a los 7 días naturales y los siguientes a los 28 días naturales.
  • Bajas de 61 o mas días: 1º parte confirmación será a los 14 días naturales y los siguientes a los 35 días naturales.

Se entregarán 2 copias: para él y para la empresa

Los partes deben entregarse en un plazo de 3 días

La empresa está obligada a remitir al INSS por RED en un plazo máximo de 3 días. El incumplimiento puede ser sancionado con multa de 60 a 625.-€

 Si la baja tiene una duración superior a 30 días acompañará informe complementario que contendrá (dolencias, tratamiento, pruebas realizadas, evolución e incidencias en la capacidad funcional)
http://www.novacia.es/laboral.html

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