miércoles, 13 de marzo de 2013

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN

 
  • Pueden realizarse a mayores de 16 años y a menores de 30 años. Sin límite de edad para los discapacitados.
  • La duración mínima del contrato será de un año y máxima de tres.
  • El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75 por ciento de la jornada laboral durante el primer año y al 85 por ciento durante el segundo y tercer año.
  • La protección incluye  el desempleo.
  • Los contratos realizados a desempleados inscritos en las oficinas de empleo, tendrán bonificadas las cuotas de la Seguridad Social, 100% a empresas de menos de 250 trabajadores.
  • Si se transforma en indefinido, se reducirá la cuota empresarial de la Seguridad Social en 1.500,00 € durante tres años en hombres y 1.800,00 € en mujeres.
  • El tiempo dedicado a la formación será el 25% de la jornada laboral durante el primer año y el 15% el segundo año, según la disposición transitoria octava, punto 6, bonificable 100% en los Seguros Sociales.

jueves, 7 de marzo de 2013

DEVOLUCION DE COTIZACIONES PARA LOS AUTONOMOS EN REGIMEN DE PLURIACTIVIDAD

Los autónomos que durante el año 2013 coticen tanto al RETA como al Régimen General por una cuantía igual o superior a 11.633,68€, sumando tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador, tendrán derecho a la devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones superen la referida cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria. La devolución se realizará a instancias del propio interesado, que habrá de ser solicitada en los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente (año 2014).
Dado que la anterior medida ha estado también vigente para el año 2012, debe tenerse en cuenta que los autónomos en pluriactividad que durante el ejercicio 2012 hayan superado la cuantía de 10.969,42€ de cotizaciones, deberán solicitar la devolución, en este caso durante los tres primeros meses del año 2013, es decir del 1 de enero al 31 de marzo.

http://www.novacia.es/laboral.html